• El Senado avaló, por unanimidad, penas de hasta 15 años para quien difunda material de las víctimas, con el objetivo de evitar violaciones a la dignidad y derechos humanos.
El 9 de febrero de 2020 Ingrid Escamilla fue asesinada por su pareja en Ciudad de México.
Las imágenes del brutal feminicidio fueron expuestas en redes sociales y medios de comunicación con títulos como “La culpa la tuvo cupido” o “Descarnada”, luego de que fueron filtradas por funcionarios capitalinos.
“El caso de Ingrid Escamilla Vargas, que lamentablemente todos y todas fuimos testigos de la exhibición pública del material visual del cuerpo de la víctima”, recordó Olga Sánchez Cordero, senadora de Morena.
Hoy el Senado de la República avaló una reforma al Código Penal Federal para sancionar hasta con 15 años de cárcel a los servidores públicos que graben, difundan, distribuyan o comercialicen imágenes de cadáveres de mujeres, niñas, niños y adolescentes víctimas de la violencia.
Por unanimidad, el pleno de la Cámara Alta dio luz verde al proyecto que plantea establecer, también, una multa de hasta 155 mil pesos a quien incurra en la práctica de filtrar videos y fotografías de las víctimas.
“La propuesta plantea garantizar la seguridad, intimidad, dignidad, protección bienestar físico y psicológico de las víctimas u ofendidos, toda vez que la divulgación de información o imágenes de las víctimas de algún delito constituye claramente una lesión a la dignidad de las personas y a la memoria de las víctimas”, afirmó Olga Sánchez Cordero, senadora de Morena.
El proyecto modifica la fracción XXVIII del Artículo 225 de dicho ordenamiento para establecer que son delitos contra la administración de justicia, cometidos por servidores públicos los siguientes:
- Dar a conocer
- Difundir
- Entregar
- Revelar
- Publicar
- Transmitir
- Exponer
- Remitir
- Distribuir
- Videograbar
- Audiograbar
- Fotografiar
- Filmar
- Reproducir
- Comercializar
- Ofertar
- Intercambiar
- Copiar o compartir
A quien no tenga derecho, imágenes, audios, videos, documentos, información, indicios, hallazgos, evidencias, objetos, instrumentos o constancias que obren en una carpeta de investigación o en un proceso penal y que por disposición de la ley o resolución de la autoridad judicial, sean reservados o confidenciales.
Por lo que se establecerán penas de seis a 12 años y en caso que la persona sea servidor público será de hasta 15 años sí el material difundido de las víctimas corresponde a niñas, niños, adolescentes, mujeres o que la información sea referente a cadáveres.
La presidenta del Senado, Ana Lilia Rivera, celebró la aprobación de la llamada Ley Ingrid y aseguró que es tiempo de que se avance en el respeto a los derechos humanos de las mujeres.
“Un triunfo más para el respeto de los derechos de las mujeres, pero sobre todo en el castigo severo a estas acciones que reprobamos desde siempre, pero que ahora con la tecnología nos expone tanto y nos hace tan vulnerables”, aseguró Ana Lilia Rivera.
Las y los senadores destacaron que este proyecto tiene el propósito de garantizar una vida libre de violencia contra la mujer en todas sus formas, por lo que busca combatir la violencia mediática de género y su normalización, al establecer y tipificar como delito que las personas servidoras públicas filtren o difundan fotografías o información relacionada con una víctima.
Con este tipo de prácticas, aseveraron, se evitan violaciones a la dignidad y derechos humanos de las víctimas, sus familiares o dependientes, y se garantiza el debido proceso.