·      

·       La reanudación gradual de actividades presenciales a partir del 15 de junio en atención al próximo registro de partidos políticos y para continuar con la organización del próximo proceso electoral

El Pleno del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), aprobó prorrogar la suspensión de las labores jurisdiccionales dentro de las instalaciones del Tribunal Electoral de Veracruz, hasta el catorce de junio de dos mil veinte.

El TEV continuará impartiendo Justicia Digital a través de sesiones virtuales privadas y públicas jurisdiccionales de máximo dos asuntos por ponencia que se encuentren ya radicados y debidamente integrados, en los que únicamente quede pendiente la emisión de la sentencia o resolución final, y de aquellos que por su naturaleza lo requieran, los cuales en términos del artículo 45 de los Lineamientos para el análisis, discusión y resolución de asuntos jurisdiccionales del Tribunal, se trate de medios de impugnación y Procedimientos Especiales Sancionadores que deban ser resueltos por el Pleno en término breve, y aquellos que aludan a violencia política en razón de género o de presuntas violaciones a comunidades y ciudadanos de calidad indígena o algún grupo vulnerable, o de aquellos que puedan producir efectos o perjuicios irreparables. Tratándose de demandas, recursos, juicios y procedimientos distintos a los señalados, no correrán plazos y términos procesales; en el entendido de que las audiencias de alegatos serán suspendidas hasta nuevo aviso.

Las actividades continuarán privilegiando el trabajo a distancia y la comunicación a través de medios electrónicos y digitales, el personal del órgano jurisdiccional no deberá abandonar la ciudad sede del mismo o su zona conurbada, en virtud de que la suspensión aprobada obedece a medias de prevención sanitaria y no a un período vacacional.

Las sesiones públicas se realizarán a distancia, mediante el uso de dispositivos tecnológicos; dichas sesiones serán transmitidas en los medios en que se haría una sesión pública presencial.

En caso necesario, a criterio de la y los integrantes del Pleno se emita por tratarse de medios de impugnación o procedimientos especiales sancionadores que así lo requieran, se podrán habilitar los días y horas que resulten necesarios durante el período comprendido de la fecha del presente Acuerdo, con el objeto de que la Magistrada y los Magistrados instructores provean y resuelvan, en el ámbito de su competencia lo que consideren necesario.

El personal que labora en el Tribunal se reincorporará de forma escalonada a partir del 15 de junio, conforme a las necesidades de servicio de cada uno de los órganos y áreas, además en atención al próximo registro de partidos políticos y para continuar con la organización y preparación del proceso electoral. 

La reanudación de celebración presencial de sesiones privadas y públicas del Pleno, a partir del quince de junio de dos mil veinte, las cuales en el caso de estas últimas, se efectuarán a puerta cerrada, garantizando la difusión correspondiente para que las sesiones sean transmitidas en tiempo real, a través de los canales y medios de comunicación autorizados.

El personal que acuda a las instalaciones estará obligado a cumplir con los protocolos, indicaciones y medidas que en materia de salubridad les sean requeridos, cuando menos durante todo el mes de junio de dos mil veinte, por lo que de manera enunciativa mas no limitativa se obligan a cumplir con la medida de sana distancia con sus compañeras y compañeros de mínimo 1.50 metros entre persona y persona; utilizar la careta de protección que le será proporcionada por conducto de la Dirección de Administración o en su caso el uso de cubre boca; evitarán los saludos de mano y beso. De igual forma, se deberá evitar en la medida de lo posible el uso de cabello suelto, exceso de joyería y el crecimiento visible de barba y bigote.

Asimismo, deberán informar de inmediato al servicio médico del Tribunal, si mostraren síntomas de gripe y/o resfriado, así como fiebre, y a su superior jerárquico, el que hubiese existido en los últimos quince días contacto con alguna persona que ha sido diagnosticada con coronavirus, con la finalidad de evitar cualquier riesgo de contagio con sus compañeras y compañeros. Idénticas previsiones deberán ser acatadas por el personal de limpieza y vigilancia que labora para el órgano jurisdiccional.

El servicio médico del Tribunal diariamente permanecerá en la entrada del edificio, con la finalidad de que al arribar cualquier persona al mismo, le sea tomada la temperatura y proporcionado un cubre bocas en el caso de no contar con el mismo.

Toda actividad académica, congresos, convenios y de cualquier otra forma, que implique la concentración de personas, se llevará a cabo a partir del uno de julio de dos mil veinte, siempre y cuando las condiciones sanitarias que emita la autoridad federal, lo permitan.

Deja un comentario