El Senado turnó a las comisiones de Gobernación y Estudios Legislativos una iniciativa de reforma a la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público que plantea eliminar de la norma el principio histórico de la separación del Estado e Iglesias, en la que está fundada.

La iniciativa propone modificaciones a la ley en materia de acceso a medios de comunicación, justificar la objeción de conciencia para abstenerse de actuar en aquello que contravenga a sus convicciones éticas y colaboración Estado-Iglesias en materia de desarrollo social, entre otros puntos.

Además, plantea que las autoridades municipales, estatales y federales podrán asistir “en su carácter” a actos de culto público, así como a las actividades que tengan motivos o propósitos similares, situación prohibida por la ley vigente.

Pretende establecer que las organizaciones de culto puedan “usar en forma exclusiva, para fines religiosos, bienes propiedad de la nación y ofrecer asistencia espiritual en los centros de salud o de reinserción social, instituciones de asistencia social, estancias o estaciones migratorias, incluso en instalaciones de las Fuerzas Armadas”, dice el texto.

Así, la propuesta presentada el pasado miércoles por la senadora morenista por Zacatecas, Soledad Luévano Cantú, plantea cambios al primer artículo de la ley para eliminar la frase “principio histórico de la separación del Estado y las Iglesias”. Propone que la ley esté fundada “en el derecho humano a la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión”.

La iniciativa prevé que se pueda justificar “motivos religiosos” para evadir responsabilidades civiles y pretende que cualquier persona pueda expresar sus creencias religiosas en asuntos con carácter social y difundir las mismas “a través de cualquier medio de comunicación”.

Mantiene la disposición de que las asociaciones religiosas “no podrán poseer o administrar concesiones para la explotación de estaciones de radio, televisión o cualquier tipo de telecomunicación”, excepto publicaciones impresas y digitales.

Pero garantiza que “las asociaciones religiosas podrán transmitir o difundir mensajes para su promoción, así como actos de culto religioso a través de cualquier tipo de medios masivos de comunicación. En ningún caso éstos podrán difundirse en los tiempos de radio y televisión del Estado”.

La ley vigente establece que lo anterior sólo lo pueden hacer, “de manera extraordinaria”, previa autorización de la Secretaría de Gobernación. Este precepto es eliminado de la propuesta que será debatida en el próximo periodo de sesiones.

Plantea que en todo el país cualquier persona pueda justificar objeción de conciencia para abstenerse de actuar en aquello “que contravenga a sus convicciones éticas”, y que sólo en caso de que se trate de trabajadores del Estado, éste garantizará el acceso a derechos humanos de terceras personas afectadas por la objeción de conciencia.

Aunque señala que el Estado no podrá establecer ninguna preferencia por una religión, eso “no impedirá la colaboración entre éstas y el gobierno para la promoción conjunta de desarrollo cultural y social”.

Otro aspecto que pretende reformar la iniciativa es que el Estado garantice el derecho a toda persona a “prestar servicios voluntarios y contribuir con dinero o en especie al sostenimiento de cualquier asociación religiosa”.

Se busca garantizar el derecho a las organizaciones religiosas para que la formación de sus asociados y ministros de culto tenga validez oficial ante la Secretaría de Educación Pública.

La iniciativa mantiene que los ministros de culto no podrán asociarse con fines políticos ni realizar proselitismo a favor o en contra de candidatos, partidos o asociaciones políticas.

Es decir, las asociaciones religiosas no podrán inducir a sus fieles de manera expresa “a votar por un candidato o partido político, o a no hacerlo por cualquiera de ellos, en los lugares destinados al culto, en los locales de uso público o en los medios de comunicación”.

La propuesta flexibiliza que el patrimonio de las órdenes religiosas pase de ser “el exclusivamente necesario” a “el necesario” para desempeñar sus labores.

Además, le resta funciones a la Secretaría de Gobernación para poder autorizar la compra de bienes inmuebles a las organizaciones religiosas, y sólo menciona que tendrán que darle aviso a la dependencia.

Y faculta a las autoridades para que brinden “el apoyo necesario a las asociaciones religiosas, cuando así lo soliciten, para preservar, salvaguardar, mejorar y conservar en su integridad dichos bienes”.

De igual manera facilita que las organizaciones de culto puedan realizar eventos en lugares públicos sin tener que pedir permiso, sólo notificando a la entidad federativa donde se vaya a realizar el evento, en un plazo mínimo de cinco días hábiles.

Ante el rechazo que académicos y personajes de la sociedad civil mostraron en redes sociales a la propuesta, el coordinador de Morena en la Cámara Alta, Ricardo Monreal, dijo que “todas las voces serán escuchadas” y que los senadores sólo “ejercen su derecho de iniciativa, pero éste tiene que ser discutido en el grupo legislativo para su aval.

“Así sucederá con la iniciativa presentada por la senadora Soledad Luévano sobre libertad religiosa, sin precipitación ni regresión, todas las voces serán escuchadas”, señaló Monreal Ávila.

La senadora advierte que “la complejidad de la sociedad y del contexto internacional que nos rodea exige un nuevo y respetuoso diálogo intercultural, un reconocimiento más amplio de la libertad y también del diálogo interreligioso”.

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