La LXV Legislatura dio entrada a la Iniciativa con proyecto de Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código de Derechos para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, presentada por el gobernador del estado, Cuitláhuac García Jiménez.
En el contenido, destaca la adición de una fracción al Artículo 16, que contiene los servicios que presta la Secretaría de Finanzas y Planeación (Sefiplan), para que los contadores públicos autorizados que fungen como coadyuvantes con las autoridades fiscales en la emisión de los dictámenes de cumplimiento de obligaciones fiscales, en caso de no presentar constancia del cumplimiento de la educación continua dentro del plazo establecido en las disposiciones jurídicas aplicables y como consecuencia de ello, les sea cancelado su registro, tendrán la oportunidad de solicitar su reinscripción al padrón de contador público autorizado, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en las disposiciones jurídicas aplicables.
También se propone añadir el Artículo 22 Ter, a fin de establecer el catálogo de servicios que presta la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Rural y Pesca (Sedarpa) para las actividades de pesca comercial y de fomento en aguas de jurisdicción estatal, tiene la finalidad de transparentar los permisos que se otorgan a quienes se dedican a la pesca y la acuacultura, con lo que se les otorga certidumbre jurídica y se propicia una mejor supervisión y control sobre estas actividades.
La propuesta de reforma y adición del Artículo 28 tiene como objeto precisar el catálogo de servicios para cumplir adecuadamente con la política laboral del gobierno para impulsar el empleo y la ocupación productiva de las y los veracruzanos.
En la adición del Artículo 33 Bis se incluye el catálogo de servicios prestados por el Instituto Veracruzano de Desarrollo Municipal (Invedem) para dar certidumbre jurídica respecto a sus costos y propiciar la transparencia para la recepción de los mismos.
Se incorpora también la Universidad Popular Autónoma de Veracruz (UPAV), en el Artículo 59 Quáter, así como el Instituto Veracruzano del Deporte (IVD), en el Artículo 33.
Esta Iniciativa fue turnada a las Comisiones Permanentes Unidas de Hacienda del Estado y de Hacienda Municipal.