• DEUDORES ESTÁN DESPROTEGIDOS EN LOS CONTRATOS
Las reparadoras de crédito son empresas privadas cuyo giro consiste en fungir como intermediarios entre un deudor y su acreedor cobrando mensualidades por sus servicios y un porcentaje sobre la cantidad que en concepto de descuento el banco llegara a otorgarles a sus clientes.
Dichos descuentos son otorgados por los Bancos a sus clientes de modo orgánico y no necesariamente por la intermediación de una reparadora, más bien obedecen a la falta de garantías de un crédito (tarjetas de crédito), al historial del deudor y el tiempo de moratoria.
“Nos parece indebido que alguien en cartera vencida tenga que pagar un porcentaje del descuento de sus deudas a un tercero, aparte de los intereses que pagó a la institución crediticia durante la vida del crédito”.
Los riesgos a que se enfrentan quienes participan de estos servicios son:
• Este modelo de negocio, (reparadoras de crédito) que operan en México a la fecha no cuentan con un marco legal es decir no se encuentra regulada y/o supervisada por ninguna autoridad, por lo mismo no se cuenta con un registro de las mismas, tampoco hay una evaluación sobre su desempeño, sus empleados se anuncian como asesores financieros sin que acrediten su grado de estudios y/o capacitación en esta área o en rubros legales.
• Utilizan contratos que pueden contener cláusulas Ilegales o abusivas, su publicidad puede resultar engañosa, pues a la par que prometen mucho como descuentos de más del 70%, no garantizan sus servicios, sobre todo porque piden anticipos.
• Sus esquemas de ayuda y ahorro son poco claros.
• Pueden poner en riesgo el patrimonio y la tranquilidad de quienes enfrentan problemas para completar sus pagos, pues solo atienden a personas caídas ya en impago; y tenemos conocimiento que en algunos casos han llegado a aconsejar a sus potenciales clientes dejar de pagar, a fin de poder incorporarlos a su cartera, al dejar de advertirles las consecuencias de dejar de pagar sin causa justificada, máxime cuando hay garantías de pago.
ANTE LO ANTERIOR HACEMOS UN EXHORTO A LAS AUTORIDADES DEL SECTOR FINANCIERO para que a la brevedad:
I.- Se pronuncien sobre la operación actual de estas empresas y tomen las acciones legales pertinentes para la legal regulación de las mismas, que les permita revisar el contenido y clausulado de sus contratos.
II.- Establezcan un padrón de empresas con este giro que operan con legalidad para que los ciudadanos puedan consultarlo antes de llevar a cabo depósitos o pagos anticipados por la prestación de sus servicios.
A LA PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR Y A QUIEN RESULTE COMPETENTE PEDIMOS REQUIERA a las reparadoras para que informen:
I.- El mecanismo que están empleando para obtener números telefónicos privados, o celulares de personas en cartera vencida, al tiempo de exhortarlas a que se abstengan de enviar mensajes de texto que contengan enlaces directos sus páginas pues al ingresar a dichos links pueden obtener información sensible y confidencial sobre números de cuentas, identificaciones personales incluso ingresos haciéndolos vulnerables a delitos de tipo cibernético.
A LOS USUARIOS LES PEDIMOS, que en caso de estar interesados en optar por los servicios de una reparadora, les pedimos estar informados y buscar asesoría legal antes de contratar.