El Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional (PAN), en voz del diputado Ricardo Arturo Serna Barajas, puso a consideración del Pleno, en su Tercera Sesión, una Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma diversos párrafos del artículo 79 de la Constitución Política del Estado, convencidos como establecen en el texto, de la necesaria visión social y humana que requiere la política.

Afirman, les preocupa el uso electoral o clientelar al que apunta la actual política de desarrollo social; que no desean se detengan los programas que beneficien a las personas; y continúan reprobando la desaparición de las guarderías y estancias infantiles, que era un programa exitoso, destacan.

Reiterando que no están en contra de los programas sociales, sino de su planeación política, que abiertamente se le da a estos; que no es ético mezclar el dinero público, los fines electorales y la pobreza, sumarle al cálculo político la vulnerabilidad de las personas en momentos de crisis.

Por los últimos acontecimientos denunciados, señalan, vemos que no basta prohibir el uso político de los programas y políticas públicas en las leyes, ni basta tener organismos autónomos encargados de observarlas, promocionarlas y vigilar sus contenidos; es necesaria una modificación al texto constitucional estatal, para plasmarla en su artículo 79.

Esto sería, la prohibición expresa del uso de los programas sociales o de aquellos implementados para la atención de emergencias o contingencias, con fines políticos, electorales o propagandísticos y que las autoridades responsables de implementar y operar acciones, programas o políticas públicas que conlleven beneficios a la población o a un sector de éstas, deberán transparentar y hacer públicas las reglas de operación y criterios de selección de beneficiarios, así como el padrón respectivo actualizado.

Proponen, también, que la propaganda institucional, en ningún caso implique el uso de colores vinculados a un partido político; y que las sanciones económicas por violentar la imparcialidad en el uso de recursos públicos no sean menores a los beneficios económicos obtenidos por el responsable, sumando los daños y perjuicios causados por sus actos u omisiones.

Esta Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma diversos párrafos del artículo 79 de la Constitución Política del Estado, fue turnada a la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales.

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